Plan de Igualdad para empresas
¿Qué es un Plan de Igualdad?
Un plan de igualdad tiene como objetivo eliminar la desigualdad o discriminación por razón de sexo, así como conseguir la igualdad de trato y oportunidades entre mujeres y hombres.
El RD 901/2020 de 13 Octubre 2020 tiene como finalidad el desarrollo, diagnóstico, registro, depósito y acceso de los planes de igualdad según lo establecido en la Ley Orgánica 3/2007 de 22 de marzo para la igualdad de hombres y mujeres.

¿Qué empresas están obligadas a contar con un Plan de Igualdad?
Empresas con 50 o más trabajadoras/es.
Todas las empresas comprendidas en el art 1.2 E.T. con independencia de su plantilla ( 45.1 y 48 LO 3/2007 de 22 de marzo).
Cuando esté establecido en el Convenio Colectivo de referencia.
Cuando lo establezca la Autoridad Laboral acordado en un procedimiento sancionador ( 45.4 LO 3/2007 de 22 de marzo).
De manera voluntaria para las demás empresas, previa consulta o negociación con los Representantes Trab. ( 45.5 LO 3/2007 de 22 de marzo).

Beneficios de incorporar un Plan de Igualdad en tu empresa
- Cumplir con la normativa y evitar sanciones.
- Mejorar el clima laboral y la satisfacción del personal.
- Reducir el absentismo y la rotación.
- Aumentar el compromiso con la empresa.
- Potenciar la RSE y RSC.
- Mejorar la imagen y reputación de la empresa.
- Impacto positivo en los trabajadores, que se traduce en una mayor competitividad y productividad para las empresas.
- Atraer y retener el talento.
- Conciliar la vida personal y laboral.
- Beneficios de cara a la adjudicación y contratación con entidades del sector público.
- Acceder a subvenciones.


Beneficios de incorporar un Plan de Igualdad en tu empresa
- Cumplir con la normativa y evitar sanciones.
- Mejorar el clima laboral y la satisfacción del personal.
- Reducir el absentismo y la rotación.
- Aumentar el compromiso con la empresa.
- Potenciar la RSE y RSC.
- Mejorar la imagen y reputación de la empresa.
- Impacto positivo en los trabajadores, que se traduce en una mayor competitividad y productividad para las empresas.
- Atraer y retener el talento.
- Conciliar la vida personal y laboral.
- Beneficios de cara a la adjudicación y contratación con entidades del sector público.
- Acceder a subvenciones.
Dynamiko Igualdad
Asesoramiento y asistencia para el diseño, implantación, seguimiento y evaluación de tu Plan de Igualdad.
COMISIÓN NEGOCIADORA
Asesoramiento en la constitución de la comisión, con representación tanto de la empresa como de la plantilla, encargada del diagnóstico inicial, negociación de las medidas que integrarán el plan, elaboración del informe, implantación del plan y definición de indicadores de medición para el seguimiento y evaluación de las medidas implantadas.
Redacción del reglamento interno de funcionamiento del plan.
Diagnóstico
Identificar y estimar, en todos los puestos y centros de trabajo, la magnitud de las desigualdades, desventajas y dificultades que existen o puedan existir para conseguir la igualdad efectiva entre mujeres y hombres.
Tendremos en cuenta: proceso de selección, clasificación y promoción, profesional, formación, condiciones de trabajo, retribuciones, prevención del acoso sexual…
Informe 360º
Resumen del análisis y principales conclusiones del diagnóstico inicial de la empresa que formará parte del plan de igualdad que se establezca, se tendrán en cuenta todas los aspectos que establece la actual normativa.
Se recogerá toda la información precisa para diseñar las medidas del plan, la prioridad de su aplicación y los criterios para evaluar su cumplimiento.
Elaboración del plan
Desarrollo del Plan de Igualdad según la normativa vigente definiendo objetivos, medidas concretas a aplicar, evaluación de medios y recursos para la implantación de dicho plan.
Calendario de actuaciones para la implantación, seguimiento y evaluación, así como la composición y funcionamiento de la comisión encargada de la revisión periódica del plan.
Registro e implantación
Seguimiento y revisión
¿Qué debe contemplar un Plan de Igualdad?
Proceso de selección y contratación
Clasificación profesional
Formación
Promoción profesional
Condiciones de trabajo, incluida la auditoria salarial entre mujeres y hombres
Ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral
Infrarrepresentación femenina
Retribuciones
Prevención del acoso sexual y por razón de sexo

Obligatoriedad y plazos
Las empresas deberán tener negociado, aprobado y presentada la solicitud de registro en el plazo máximo de un año, a partir de la finalización del plazo previsto para iniciar el procedimiento de negociación.
Empresas de más de 150 personas trabajadoras.
Día(s)
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Hora(s)
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Minuto(s)
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Segundo(s)
Empresas de más de 100 personas trabajadoras.
Día(s)
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Hora(s)
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Minuto(s)
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Segundo(s)
Empresas de más de 50 personas trabajadoras.
Día(s)
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Hora(s)
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Minuto(s)
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Segundo(s)
Periodo de vigencia o duración del los planes no podrá ser superior a cuatro años.
Los planes ya vigentes deberán adaptarse en un plazo máximo de doce meses a partir de entrar en vigor el RD.

Valoración de puestos de trabajo de puntos por factor
El sistema de valoración de puestos de trabajo de puntos por factor es considerado como el más apropiado para la evaluación en el ámbito de igualdad, así lo reconoce la OIT (Organización Internacional del Trabajo).
Este sistema establece cuatro factores base suficientes para evaluar todos los puestos y todas las empresas:
- Calificaciones: formación académica, formación no reglada…
- Esfuerzos: mental, emocional, físico…
- Responsabilidades: en RRHH, financiera, sobre materiales…
- Condiciones de trabajo: psicológicas, entorno físico…
La elección de los subfactores de aplicación en la evaluación dependerá de la empresa, teniendo en cuenta siempre dos requisitos imprescindibles: rigor y ausencia de prejuicios sexistas.
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Teléfono
91 005 32 60